Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de septiembre de 2004
TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 05-06-2012
administración del Registro Público Vehicular. Sus disposiciones son de orden público y de observancia general en todo el territorio nacional.
El Registro Público Vehicular es un instrumento de información del Sistema Nacional de Seguridad
Pública, que tiene como propósito otorgar seguridad pública y jurídica a los actos que se realicen con
vehículos.
La aplicación de esta Ley y la coordinación que de ella se derive se hará con respeto absoluto de las
atribuciones constitucionales que tengan las autoridades de la Federación y de las Entidades
Federativas.
Artículo 2
Para los efectos de esta Ley se entiende por....
Para ver la Ley completa visita:
http://repuve.gob.mx/docs/Ley_Registro_Publico_Vehicular.pdf
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Es bueno e interesante que todo que plasmado en esta ley, donde todos los automotores registrados en México podrán ser beneficiados con este sistema del Repuve, pues en otros países no existe esto a nivel gubernamental, pero hay servicios privados al pendiente de las situaciones legales de un automóvil como es el CARFAX, que tiene presencia en varios países y con un pago único te dan el historial real y actualizado de los percances y situaciones en las que estuvo involucrado las placas de ese automóvil.
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¿Para que sirve esta Ley?
Es bueno que se tengan leyes para esta situación de automotores, para beneficio de todos en la Republica Mexicana para tener certidumbre en la compra y venta de automóviles nacionales en todo Mexico, esperamos te se de gran utilidad la información que te brindamos, si tienes algo que agregar a este texto informativo seria de gran ayuda, ponlo en los comentarios por favor, gracias.
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